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domingo, 10 de julio de 2016

PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS

¿Cuáles son los requisitos para tramitar una 

pensión?


Hay tres tipos de pensiones

Pensión por vejez, Invalidez, Madres de 7 o 

más hijos.




¿Cómo se determina si corresponde el 

otorgamiento de una pensión?

Para determinar la posibilidad de otorgamiento 

se tiene en cuenta el lugar de residencia, la 

situación familiar, social y económica del 

solicitante, hijos y familiares convivientes.




¿Todas las pensiones no contributivas son 

vitalicias?


Las pensiones a la Vejez, por Invalidez y por 

Madres de 7 o más hijos son vitalicias en tanto 

se mantengan las condiciones que dieron lugar 

a su otorgamiento.


Las pensiones Graciables son otorgadas por 10 

años y pueden ser prorrogadas por igual 

período. Los pensionados son notificados por 

correo de su obligación de presentar 

Declaración Jurada y documentación que 

acredite no encontrarse incurso en las 

incompatibilidades previstas por la Ley de 

Prórroga.




Una persona que percibe prestaciones de 

programas sociales y/o subsidios transitorios 

¿puede acceder a una pensión no contributiva?


La normativa vigente no establece 

incompatibilidades con otros programas 

sociales nacionales, provinciales o municipales, 

sin embargo debe tenerse en cuenta las 

compatibilidades e incompatibilidades que 

establecen algunos programas para el caso de 

acordarse una Pensión No Contributiva.




¿Pueden iniciar trámites aquellas personas que 

tienen una pensión no contributiva provincial 

y/o municipal?


Las Pensiones No Contributivas nacionales son 

incompatibles con otro régimen No 

Contributivos nacional, provincial o municipal, 

como así también con todo régimen previsional 

o de retiro.




Aquellas personas que tengan una pensión 

Graciable Nacional ¿pueden tramitar una 

pensión No Contributiva nacional?


Sí, pueden iniciarla. En caso de otorgamiento 

se requerirá una Declaración Jurada 

manifestando la voluntad de dar de baja la 

pensión Graciable Nacional.





En los casos de matrimonio ¿se puede tramitar 

pensión a ambos cónyuges?


Cuando se trate de matrimonio, las pensiones 

No Contributivas a la Vejez, por Invalidez y por 

Madres de 7 o más hijos sólo 

pueden tramitarse a favor de uno de los 

cónyuges; salvo que éstos se encuentren 

divorciados, separados legalmente o de hecho.



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